
El Equipo de Investigación Mediosféricos -de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones- expresa su preocupación, rechazo y repudio a la condena dictada por la jueza Correccional y de Menores Nº 1 Marcela Leiva a lxs docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez -referentes de la CTA Autónoma Misiones y UTEM- FTEL respectivamente-, a penas de prisión en suspenso por su participación en las manifestaciones multisectoriales del año 2024.
Esta sentencia constituye un precedente alarmante en la vulneración del ejercicio de un derecho constitucional y supranacional que el estado debe garantizar: el derecho a la protesta, a la organización como primer derecho, que habilita el ejercicio de otros derechos personales y colectivos en un Sistema Democrático.
Además, da cuenta de un proceso de consolidación sostenido de judicialización y criminalización de la protesta social en la provincia, y una amenaza directa a los principios más elementales de la Democracia.
Como colectivo que investiga la Comunicación con perspectiva de derechos advertimos que esta resolución no es un hecho aislado sino la expresión local de un modelo de gestión de la conflictividad social que desplaza las demandas colectivas del terreno político al fuero penal. Allí donde debiera abrirse el diálogo se erige la punitividad; allí donde la ciudadanía reclama la escucha por derechos vulnerados se responde con expedientes judiciales y causas penales. Esta deriva institucional erosiona las bases mismas del sistema democrático que se sostiene en la participación pública y la posibilidad efectiva de disputar sentidos sobre lo común.
Al mismo tiempo, el carácter disciplinador de esta sentencia no se agota en el sector docente. Por el contrario, opera como advertencia hacia el conjunto de la clase trabajadora: se criminaliza a un colectivo históricamente organizado, con tradición gremial y experiencia en defender sus derechos y garantizar el acceso a otro derecho constitucional: el de la Educación. Así, la selectividad punitiva busca desactivar reclamos futuros.
La utilización del sistema penal como herramienta de intervención en conflictos sociales refleja una preocupante y restrictiva concepción del espacio público: en lugar de comprender la protesta social como manifestación legítima de necesidades insatisfechas y de desigualdades persistentes, se la reduce a un problema de tránsito, ruidos molestos o afectaciones comerciales, no probadas en las audiencias. Esta operación deshistoriza las luchas sociales y las despoja de su densidad material: salarios insuficientes, crisis de infraestructura educativa, condiciones laborales precarias y ausencia de respuestas institucionales
Por otro lado, la sentencia exhibe falencias que comprometen severamente la independencia judicial: viola la Constitución Nacional (arts. 14, 14 bis, 33 y 75 inc. 22) y contradice tratados internacionales de derechos humanos como la Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que garantizan la libertad de expresión, la reunión pacífica y el derecho a reclamar. También desconoce los estándares de la CIDH, la ONU y la jurisprudencia de la Corte Suprema, que afirman que la protesta no puede ser penalizada. Este desdén por los estándares internacionales vigentes configuran un escenario donde el sistema judicial se aproxima a un rol de policía política más que al de garante de derechos.
Resulta indispensable señalar que la protesta social es un elemento constitutivo de la vida democrática, es parte sustantiva de la gramática de los derechos: cuando los canales institucionales fallan, cuando la representación política se agota o cuando la distribución del poder se desbalancea, la protesta emerge como un acto colectivo de reposicionamiento y expresión ciudadana. Negarla o someterla al arbitrio judicial implica silenciar voces, borrar conflictividades legítimas y restringir el debate público.
El precedente que deja este fallo es peligroso no sólo para el campo sindical o docente, sino para toda la ciudadanía misionera. Hoy se sanciona a quienes expresan una demanda laboral; mañana podría recaer sobre quienes defiendan la salud, el ambiente, la vivienda, la diversidad cultural o cualquier otro derecho vulnerado.
En tiempos en que el espacio público se disputa tanto en las calles como en las plataformas digitales, la criminalización de la protesta no sólo inhibe cuerpos sino que intenta regular sentidos. Ello configura un ecosistema comunicacional en el que expresarse conlleva riesgos y en el que la denuncia pública se torna sospechosa. Frente a este escenario nuestro compromiso como equipo dedicado a estudiar la información como bien público es indeclinable.
Declaramos
- Nuestra solidaridad con Mónica Gurina y Leandro Sánchez.
- Nuestro posicionamiento en defensa del derecho a la protesta como componente del orden democrático.
- Nuestra preocupación por la utilización de la penalización como herramienta de disciplinamiento social.
- Nuestro llamado a los poderes públicos de Misiones para que cesen las prácticas que criminalizan la organización colectiva y garanticen el pleno ejercicio de los derechos constitucionales.
- Nuestro compromiso con la investigación en articulación con organizaciones sociales, comunidades, sindicatos y demás actores comprometidos con la democracia.


27/11/2025
Fotos: Nicolás Amadío – Cortesía de la Cooperativa La Rastrojera TV.
Concentración en la Plaza 9 de Julio el 27 de noviembre de 2025, en apoyo a los docentes condenados y en repudio a la sentencia judicial.

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